Las 8 claves para competir en el retail

Han sido testigos al igual de nosotros de la cantidad de comentarios y versiones que van circulando en torno a los temas de facturación
electrónica, ley de financiamiento, etc. Conscientes de esto y de la importancia que representa para las empresas, En ICG Software nos hemos
dado a la tarea de ahondar más en estos temas y hemos querido compartirles un texto que explica de forma muy sencilla lo que hasta ahora está
sucediendo y una muy buena noticia de como su compañía puede afrontar estas nuevas regulaciones fiscales.

El documento se enfoca en los temas de facturación dada la alta confusión que se ha presentado en estos días con la Facturación x computador,
Facturación POS o equivalente, Facturación Electrónica y Facturación Manual.

En ese orden de ideas trataremos de explicar de manera muy sencilla (no técnica) en que estamos en este momento en el país, como estamos en ICG
Software, nuestros productos y como debe actuar su compañía frente a los requerimientos de sus clientes.

Definamos los tipos de facturación:
Facturación Manual: Es la factura que se usa en los negocios cuando no se dispone de un sistema o hay ausencia de fluido eléctrico. Esto es
obligatorio tenerlo y para eso las empresas deberán tener un talonario por litografía para emitir este tipo de facturas con la respectiva  resolución aprobada por la Dian. Es importante aclarar que nuestros sistemas tienen la capacidad de ingresar posteriormente las facturas que se  hicieron manualmente con el fin de poder sumar dichas ventas y tener todo el control de inventarios Facturación Equivalente o Facturación POS:

Es la factura que usamos normalmente en nuestros sistemas de caja registradora y que conocemos como tirilla o ticket de ventas. Este tipo de
factura tiene unos requisitos que incluyen un consecutivo de facturación de acuerdo a una resolución expedida por la Dian y otros que deben
estar incluidos en la factura. En este tipo de documentos no es necesario incluir el nombre del tercero

Factura de Venta x Computador: Este tipo de factura también exige un consecutivo y una resolución de facturación diferente a la del POS e  incluye otros requisitos como la obligatoriedad de asociar los datos del comprador y del vendedor en la factura. Su formato de impresión no  tiene que ser tamaño carta como muchos creen, puede ser un formato parecido al tiquete o pos, pero con la identificación del cliente y una  resolución diferente Facturación Electrónica: Este tipo de facturación es lo nuevo que está implementando el gobierno para la facturación en  Colombia. Consiste en un tipo de factura con unos requisitos más avanzados y que viaja a través de un proveedor autorizado a la Dian para el  control Fiscal de Ventas. La empresa(s) con la que tienen los sistemas de facturación, hacen una integración con un proveedor tecnológico para  facturación electrónica y le entrega una a una las transacciones comerciales que haga su empresa con toda la información necesaria para generar  la factura electrónica.

Esta empresa y acorde a unos lineamientos, intercambia dicha información con la Dian, logrando una validación y aprobación de dichas  transacciones. Una vez el documento es aprobado se le entrega al comprador el documento de forma electrónica y todo queda registrado debidamente  en el sistema fiscal.

En que estamos en el país hoy:
Existe un grupo de empresas como los grandes contribuyentes, algunas personas naturales y algunos voluntarios que están obligados a generar factura electrónica desde este 1 de Enero del 2019. Mientras no salga una resolución en donde incluyan su tipo de empresa, su compañía NO ESTA
OBLIGADA a hacer facturación electrónica y podrá seguir haciendo uso de los sistemas tradicionales.

Con la ley de financiación se enuncia que las compañías no se podrán descontar los tickets de ventas tipo POS o de registradora, por lo cual, si
quieren que estas compras sean descontables deberán exigir: Una factura de venta por computador o una factura Electrónica, o manual cumpliendo
los requisitos existentes para este tipo de facturas

Y entonces que hacer si aún no estoy obligado a expedir factura electrónica?
Usted podrá seguir expidiendo sus tirillas con su respectiva resolución de facturación y es válido, pero cuando un cliente le exija una factura  de venta, su empresa está en la obligación de entregar la Factura de venta por Computador o manual

La buena noticia: Qué hago y cómo mis sistemas actuales me pueden ayudar? La buena noticia es que nuestros sistemas (ICG) tienen la capacidad de sacar los tipos de factura antes mencionados, según la situación, sin tener que recurrir a otros sistemas y sin entorpecer la operación y administración de su negocio. Cuando un cliente le exija la factura de venta, usted simplemente le dice al sistema que emitirá  factura de venta y el sistema automáticamente exigirá lo necesario para emitirla y lo hará.

Eso es todo o debo hacer algo más? Si, todos los usuarios de nuestros sistemas deben solicitar una resolución adicional tipo factura por computador y se manejaran simultáneamente las dos en la misma caja. Es importante aclarar que siempre debe existir la manual para efectos de contingencia ante las fallas de los sistemas de información o ausencia de fluido eléctrico.

Aclaraciones importantes:

– En el mismo computador donde tengo la facturación POS es posible y completamente legal sacar facturas de venta y Tickets. Es obligación tener
las resoluciones para cada uno de los dos tipos de documento y adicional la de contingencia tipo manual

– La facturación por computador no exige que el papel utilizado sea tipo carta o que sea en un computador diferente. Exige que sea una  resolución diferente y que se tengan asociados a la factura los datos del cliente los datos del comprador

– Si tiene facturación electrónica no es obligación tener factura de venta x computador. (una elimina o suple la otra)

– ICG está preparado para los 4 tipos de facturación y para manejar los diferentes números de resolución que la empresa tenga. No es necesario
tener varios sistemas al tiempo.

– Los tickets de venta son documentos legales y seguirán siendo usados para todas aquellas transacciones que el comprador no se descontara.

– Los comprobantes diarios de facturación continúan existiendo y

– cuando se usa más de un método de facturación en la misma caja, estos se verán reflejados en el resumen del día

– Un tiquete de registradora con los datos del comprador no es lo mismo que una factura por computador.

En Resumen

ICG está listo para trabajar con facturación electrónica para los clientes que están obligados a hacerlo, pero si su empresa aún no está  obligada a esto, usted si tiene que estar preparado para emitir facturas por computador o manuales ya que sus clientes se lo exigirán (Ley de  financiamiento) De acuerdo a lo anterior le sugerimos en primera instancia pedir una resolución por computador y para cada una de las cajas que  ustedes tengan,solicitar una resolución manual para la tienda y solicitar el servicio a nuestras líneas de atención para que les parametricen
estas nuevas resoluciones y les capaciten en la forma como deben operar.

Estaremos atentos a resolver cualquier duda que se presente.

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